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Acuerdo de Encargo del Tratamiento — Centro (versión anterior)

RGPD art. 28 · Versión org-dpa-v1 · Publicada el 25 de junio de 2026

Texto archivado. Esta página conserva, sin modificaciones, el texto de la versión org-dpa-v1 tal y como estuvo publicada desde el 25 de junio de 2026. Se mantiene accesible para que cada Centro pueda acreditar qué texto aceptó y cuándo —la plataforma registra la versión aceptada, la fecha/hora y la IP—. Mientras un Centro no acepte la versión publicada, esta es la que le resulta de aplicación. La versión publicada del Acuerdo es la org-dpa-v2.
1. Partes y objeto

Este Acuerdo se celebra entre el Centro o Clínica que lo acepta, en calidad de Responsable del Tratamiento de los datos personales de sus clientes que trata a través de la plataforma, y TerapeutasHolis (titular de la plataforma), en calidad de Encargado del Tratamiento. Su objeto es regular el tratamiento que el Encargado realiza por cuenta del Centro de los datos operativos de su actividad: contacto del cliente, citas y agenda agregada del equipo, estado (no contenido) de los formularios y consentimientos, e ingresos del propio centro.

2. Alcance del dato según el modo del centro
  • Modo Agrupación (autónomos): el Centro trata datos operativos de los clientes que reservan a través de él. NO accede al contenido clínico (historial, notas de sesión, anamnesis): ese contenido pertenece a cada profesional, está cifrado y aislado (Row-Level Security) y solo es accesible por el profesional que trata. La práctica privada de cada profesional queda fuera del alcance del Centro.
  • Modo Empresa (gestionado): cuando un profesional opera en régimen «gestionado», el Centro puede pasar a ser Responsable del historial de los pacientes captados por él, conforme al Anexo de Modo Empresa; TerapeutasHolis sigue siendo Encargado. El cambio de régimen es expreso y se informa al profesional y, cuando proceda, al paciente.
3. Instrucciones del Responsable

El Encargado tratará los datos únicamente conforme a las instrucciones documentadas del Centro y para la finalidad de prestar el servicio de plataforma. El Encargado no utilizará los datos para finalidades propias —en particular, no los usará para entrenamiento de modelos de IA ni para analítica comercial identificable— salvo base jurídica separada. No cederá los datos a terceros salvo obligación legal.

4. Confidencialidad y medidas de seguridad (art. 32 RGPD)
  • Deber de confidencialidad de las personas autorizadas al tratamiento.
  • Cifrado en reposo AES-256-GCM del contenido sensible, con clave separada de la de la aplicación.
  • Aislamiento por filas (Row-Level Security): el contenido clínico no es legible por la cuenta de centro ni en la explotación ordinaria; cada profesional solo accede a su propio expediente.
  • Registro de auditoría y control de acceso por roles (las cuentas de centro y de recepción nunca acceden al contenido clínico).
  • Medidas para garantizar la confidencialidad, integridad y disponibilidad.
5. Subencargados

El Encargado podrá apoyarse en subencargados (infraestructura cloud, almacenamiento y correo) sujetos a obligaciones equivalentes de protección de datos. La lista se detalla en la Política de Privacidad.

6. Asistencia al Responsable

El Encargado asistirá al Centro para responder a los derechos de los interesados (acceso, rectificación, supresión, portabilidad, etc.), para notificar violaciones de seguridad sin dilación indebida y para las evaluaciones de impacto que procedan.

7. Offboarding y continuidad (modo Empresa)

Cuando un profesional gestionado deja el centro, la cesión del historial de salud a un nuevo responsable se realiza por el protocolo a cuatro bandas (centro + profesional + destino + consentimiento explícito del paciente, art. 9.2.a RGPD), con copia sin borrado del origen y registro versionado del consentimiento. La custodia mínima aplicable (≥5 años si el centro es sanitario) se respeta como bloqueo (art. 32 LOPDGDD).

8. Duración, devolución y supresión

El Acuerdo está vigente mientras el Centro use la plataforma. A su finalización, el Encargado, a elección del Centro, devolverá o suprimirá los datos operativos, salvo conservación exigida por ley, aplicada como bloqueo (datos reservados, sin tratamiento activo, a disposición de las autoridades competentes y destruidos al vencer el plazo legal).

9. Aceptación

La aceptación se realiza electrónicamente desde el panel del centro antes de operar sobre los datos de sus clientes. La plataforma registra la versión aceptada, la fecha/hora y la dirección IP como evidencia de la aceptación contractual del encargo.

Anexo — Modo Empresa (cobro centralizado). Solo aplica a los profesionales que el Centro pone en régimen «gestionado». Mientras un profesional sea autónomo (modo Agrupación), rige el cuerpo principal de este Acuerdo y el Centro no es responsable de su contenido clínico. El modo Empresa exige, además, tener el cobro conectado y verificado (Stripe Connect / KYB).
A.1 Responsabilidad del historial

Para los pacientes atendidos por un profesional gestionado y captados a través del Centro, el Centro es el Responsable del historial de salud de esos pacientes, y TerapeutasHolis es el Encargado que lo aloja cifrado y aislado por su cuenta. El acceso al contenido clínico sigue limitado al profesional que trata: ni la cuenta de centro ni la de recepción lo leen; la titularidad legal del Centro es de gobierno y custodia, no de lectura ordinaria.

A.2 Información al paciente (responsable según el modo)

La información de privacidad y los consentimientos que se presentan al paciente identifican al Responsable correcto según el modo del profesional que le atiende: el profesional si es autónomo, o el Centro (con su razón social y CIF) si es gestionado. La plataforma resuelve y registra este dato por cita.

A.3 Continuidad y cesión del historial (offboarding a 4 bandas)

La cesión del historial de salud a un nuevo responsable se realiza por el protocolo a cuatro bandas (Centro de origen + profesional + responsable de destino + consentimiento explícito del paciente, art. 9.2.a RGPD). El consentimiento del paciente se capta y versiona (versión + fecha/hora + IP), se copia sin borrar el origen y se registra en el log de auditoría inmutable. Sin el consentimiento del paciente, el historial no se cede.

A.4 Pacientes compartidos (corresponsabilidad, art. 26 RGPD)

Si un profesional atiende, en la misma sede, a pacientes propios (de su práctica privada) y a pacientes del Centro, podría surgir una corresponsabilidad (art. 26 RGPD) sobre los pacientes compartidos. Para ese caso, las partes suscribirán un acuerdo de corresponsables que delimite sus funciones y se ponga a disposición del interesado. La plataforma mantiene separados por defecto los pacientes propios del profesional y los del Centro.

A.5 Activación

El modo Empresa no se activa hasta que (a) el Centro completa el KYB de Stripe Connect (verificación de identidad y cuenta bancaria de la entidad, exigida por la normativa antifraude — la realiza el representante legal del Centro) y (b) el Centro acepta este Acuerdo y su Anexo. Hasta entonces, marcar a un profesional como «gestionado» queda bloqueado: nadie cobra a quien no debe y ningún paciente cambia de responsable sin su consentimiento.